El ayuntamiento de Cúllar Vega informa:
Con motivo de los recibos de IBI emitidos desde el Servicio Provincial Tributario sin reflejar la bonificación aplicada a los beneficiarios/as según proceda, se informa a todos ellos que tras haber trasladado las solicitudes al SPT, una vez concluido el plazo de ampliación de la solicitud con motivo del estado de alarma, éstas se encuentran resolviéndose por lo que en caso de no haberse visto aplicada la bonificación solicitada, pueden resultar estos 2 casos para los que se recomiendan estas acciones:
- Dispongo del recibo en papel para proceder al pago voluntario 👉 no realice el pago hasta que disponga en su domicilio/email del nuevo recibo con la liquidación actualizada (en caso de haberlo pagado, devuélvalo y espere a recibir la nueva liquidación del IBI)
- Recibos domiciliados cargados sin la bonificación prevista aplicada (pago único o fraccionado) 👉 proceda a su devolución y espere a recibir por carta/correo electrónico el nuevo recibo (no domiciliado) para realizar el pago en la entidad bancaria correspondiente.
👉 Importante: en ambos casos (1 y 2) es prioritario confirmar en el SPT o en el Ayto que usted resulta beneficiario de la bonificación. Se realizará un único pago en plazo a partir de la fecha de notificación.
👉 Plazo de resolución de bonificaciones: 15 de julio.
👉 Para cualquier duda, contacten con el SPT en los teléfonos: 958 24 72 95 – 958 24 71 73 – 958 24 71 72 – 958 24 73 41
Ayuntamiento de Cúllar Vega: 958 58 54 80 | eduardoperez@cullarvega.com
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