• Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
  • Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
  • Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
  • El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
  • No ser administrador de una sociedad mercantil.

Además de estos requisitos generales, existen requisitos adicionales que puedes consultar pulsando aquí

IDENTIFICACIÓN Y RESIDENCIA 

  • DNI o NIE en vigor: Del titular y de todos los integrantes de la unidad de convivencia (obligatorio incluso para menores de 14 años).
  • En caso de ser extranjero: Permiso de residencia legal en España (o inscripción en el Registro Central de Extranjería) que demuestre al menos 1 año de residencia legal y continuada.
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico: que acredite la residencia de todas las personas que que han constado y/o constan empadronadas en el domicilio con al menos 1 año de antelación a la solicitud.

ACREDITACIÓN DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA

  • Libro de Familia, certificado de nacimiento o certificado del Registro Civil: Para justificar la parentela o vínculo entre los convivientes.
  • En caso de acogimiento: resolución judicial o administrativa que acredite dicha situación.
  • En supuestos menor emancipado: acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil.

ESTADO CIVIL Y GUARDA CUSTODIA

  • En caso de estar casado/a o constituir pareja formalizada: certificado de matrimonio o inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
  • En supuestos de separación judicial o divorcio: sentencia judicial de separación/divorcio y en su caso convenio regulador sellado por el juzgado.
  • En el supuesto de separación de hecho o en trámite: copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación, divorcio o copia de la denuncia de abandono del hogar familiar, convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado o testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales de guarda y custodia.
  • En el supuesto de parejas de hecho en las que no existe convivencia: documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes a un determinado progenitor o a ambos de forma compartida.
  • En el supuesto de Pensión Compensatoria y/o Pensión Alimenticias: sentencia que así lo acredite.

INFORMACIÓN ECONÓMICA, RENTAS Y TITULARIDAD

  • Número de cuenta (IBAN)
  • Declaración de la Renta del último año para justificar los ingresos obtenidos en el pasado año.
  • Valor patrimonial actual (excluyendo la vivienda habitual). Se puede obtener del valor catastral.
  • Certificado de Exclusión Social expedido por Trabajo Social que previamente hay que solicitar en el Registro del Ayuntamiento de Cúllar Vega
  • En el supuesto de víctima de trata de seres humanos y explotación sexual: informe emitido por los servicios públicos y/o servicios sociales encargados de la atención integral a estas víctimas.
  • En el supuesto de Incapacitación: sentencia judicial.
  • En el supuesto de violencia de género: sentencia condenatoria por delito de violencia de género, orden de protección o medidas cautelares, Informe del Ministerio Fiscal o informe de servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida.
  • Acreditación de la representación cuando la solicitud se suscriba por parte de persona distinta al posible beneficiario, como su representante.
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